¿Premedic cubre Fertilización In Vitro / Tratamientos de Fertilidad?
Sí, Premedic debe cubrir los tratamientos de fertilización in vitro (FIV) y otros de reproducción asistida, ya que están incluidos en el Programa Médico Obligatorio (PMO) por Ley 26.862.
Detalles de la cobertura
Condiciones de Premedic
- ⚠️¿Requiere autorización previa?
Sí, deberás gestionar la autorización antes de acceder al servicio.
- ✅¿Depende del plan?
No, la cobertura es idéntica para todos los planes de la prepaga.
- ⚖️Programa Médico Obligatorio (PMO)
Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.
Condiciones Adicionales
- Edad (óvulos propios): Hasta 44 años al momento de iniciar el tratamiento, salvo prescripción médica en contrario (Res. 1044/2018).
- Edad (óvulos donados): Hasta 51 años (Res. 1044/2018).
- Edad (óvulos criopreservados antes de los 44): Hasta 51 años con esos óvulos (Res. 1044/2018).
- Límite de tratamientos por año: Hasta 4 tratamientos de baja complejidad o 3 de alta complejidad por año (Res. 1-E/2017).
- Cobertura sin cargo adicional: La ley garantiza cobertura al 100% sin coseguros dentro del plan contratado (no se requiere plan adicional).
Preguntas Frecuentes
Premedic está obligada a cubrir todas las técnicas de baja y alta complejidad definidas por la Ley 26.862: inseminación artificial (IA), fertilización in vitro (FIV), inyección intracitoplasmática de espermatozoides (ICSI), y ovodonación. También incluye la criopreservación de gametos y embriones. La cobertura es integral, sin distinción de plan (PMO, 200 o 300), aunque puede requerir autorización médica previa.