Osprera

¿OSPRERA cubre Fertilización In Vitro / Tratamientos de Fertilidad?

Sí, OSPRERA cubre los tratamientos de fertilización in vitro y reproducción asistida en cumplimiento de la Ley 26.862 y el PMO.

Detalles de la cobertura

OSPRERA, como obra social sindical, debe cubrir los tratamientos de fertilización in vitro y demás técnicas de reproducción médicamente asistida en virtud de la Ley Nacional 26.862 y su inclusión en el Programa Médico Obligatorio (PMO). La entidad confirmó públicamente en sus redes sociales el acceso integral y gratuito a estos procedimientos. La cobertura aplica a todos los planes, incluido el plan base OSPRERA, sin costos adicionales para el afiliado. Los límites establecidos por la normativa son: hasta 4 tratamientos de baja complejidad y hasta 3 de alta complejidad por persona; edad límite de 44 años para tratamientos con óvulos propios y 51 años para óvulos donados (Resolución 1044/2018). La medicación asociada está cubierta al 100% (Resolución 1045/2018). No se requiere autorización previa para iniciar el tratamiento, pero sí puede necesitarse derivación médica y evaluación por el centro de reproducción asistida habilitado.

Condiciones de Osprera

  • ¿Requiere autorización previa?

    No, podés acceder directamente con tu credencial y pedido médico.

  • ¿Depende del plan?

    No, la cobertura es idéntica para todos los planes de la prepaga.

  • ⚖️
    Programa Médico Obligatorio (PMO)

    Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.

Condiciones Adicionales

  • Edad: Hasta 44 años para tratamientos con óvulos propios; hasta 51 años con óvulos donados. Mujeres que criopreservaron óvulos antes de los 44 pueden usar esos gametos hasta los 51 años (Resolución 1044/2018).
  • Cantidad de tratamientos: Hasta 4 tratamientos de baja complejidad (ej: inseminación intrauterina) y hasta 3 de alta complejidad (ej: FIV) por persona, según normativa del Ministerio de Salud.
  • Cobertura de medicación: Los medicamentos para reproducción asistida están cubiertos al 100% (Resolución 1045/2018).
  • Plan de salud: Cobertura obligatoria en todos los planes de OSPRERA (incluye plan base) por ser parte del PMO. No depende del plan elegido.

Preguntas Frecuentes

Sí, OSPRERA cubre los tratamientos de baja y alta complejidad incluidos en la Ley 26.862 de Reproducción Médicamente Asistida y el Programa Médico Obligatorio (PMO). Esto abarca la inseminación artificial (IA), la fertilización in vitro (FIV), la inyección intracitoplasmática de espermatozoides (ICSI) y técnicas de ovodonación, sin discriminación por orientación sexual o estado civil. OSPRERA confirmó públicamente en sus redes sociales el acceso a estas prestaciones.

Fuente verificada: https://www.instagram.com/p/C5VvdlKsxtf?hl=en · Actualizado el 2026-07-01