¿OSPRERA cubre Fertilización In Vitro / Tratamientos de Fertilidad?
Sí, OSPRERA cubre los tratamientos de fertilización in vitro y reproducción asistida en cumplimiento de la Ley 26.862 y el PMO.
Detalles de la cobertura
Condiciones de Osprera
- ✅¿Requiere autorización previa?
No, podés acceder directamente con tu credencial y pedido médico.
- ✅¿Depende del plan?
No, la cobertura es idéntica para todos los planes de la prepaga.
- ⚖️Programa Médico Obligatorio (PMO)
Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.
Condiciones Adicionales
- Edad: Hasta 44 años para tratamientos con óvulos propios; hasta 51 años con óvulos donados. Mujeres que criopreservaron óvulos antes de los 44 pueden usar esos gametos hasta los 51 años (Resolución 1044/2018).
- Cantidad de tratamientos: Hasta 4 tratamientos de baja complejidad (ej: inseminación intrauterina) y hasta 3 de alta complejidad (ej: FIV) por persona, según normativa del Ministerio de Salud.
- Cobertura de medicación: Los medicamentos para reproducción asistida están cubiertos al 100% (Resolución 1045/2018).
- Plan de salud: Cobertura obligatoria en todos los planes de OSPRERA (incluye plan base) por ser parte del PMO. No depende del plan elegido.
Preguntas Frecuentes
Sí, OSPRERA cubre los tratamientos de baja y alta complejidad incluidos en la Ley 26.862 de Reproducción Médicamente Asistida y el Programa Médico Obligatorio (PMO). Esto abarca la inseminación artificial (IA), la fertilización in vitro (FIV), la inyección intracitoplasmática de espermatozoides (ICSI) y técnicas de ovodonación, sin discriminación por orientación sexual o estado civil. OSPRERA confirmó públicamente en sus redes sociales el acceso a estas prestaciones.