¿OSPAT cubre fertilización in vitro / tratamientos de fertilidad?
Sí, OSPAT debe cubrir los tratamientos de fertilización in vitro y otros tratamientos de fertilidad, ya que están incluidos en el Programa Médico Obligatorio (PMO) según la Ley 26.862 y su decreto reglamentario.
Detalles de la cobertura
Condiciones de OSPAT
- ⚠️¿Requiere autorización previa?
Sí, deberás gestionar la autorización antes de acceder al servicio.
- ✅¿Depende del plan?
No, la cobertura es idéntica para todos los planes de la prepaga.
- ⚖️Programa Médico Obligatorio (PMO)
Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.
Condiciones Adicionales
- Edad (óvulos propios): Hasta 44 años para realizar tratamientos de alta complejidad con óvulos propios.
- Edad (donación de óvulos): Hasta 51 años cuando se utilicen óvulos donados o criopreservados.
- Ciclos cubiertos: Hasta 3 ciclos completos de extracción de óvulos con transferencias de embriones ilimitadas, según guías clínicas.
- Medicamentos: Cobertura al 100% de los medicamentos para el tratamiento de reproducción asistida.
- Autorización previa: Es necesario contar con autorización previa del prestador y consentimiento informado firmado.
Preguntas Frecuentes
Según la Ley 26.862 y su decreto reglamentario, OSPAT debe cubrir al menos 4 ciclos de tratamientos de baja complejidad (como inseminación artificial) y 3 ciclos de alta complejidad (como FIV) por año, hasta un total de 4 tratamientos de alta complejidad en toda la vida. Sin embargo, la cobertura exacta puede depender del plan y la autorización previa.