Accord Salud
¿Accord Salud cubre fertilización in vitro?
Sí, Accord Salud cubre la fertilización in vitro y los tratamientos de fertilidad, ya que están incluidos en el Programa Médico Obligatorio (PMO).
Detalles de la cobertura
Accord Salud, como prepaga con obra social, debe brindar cobertura integral a los tratamientos de reproducción médicamente asistida, incluyendo fertilización in vitro de baja y alta complejidad, conforme a la Ley Nacional 26.862 y la Resolución 1045/2018 que incorpora estas prestaciones al PMO. Esto aplica a todos sus planes (1.5, 2.2, 3.2 y 4.2). La cobertura incluye diagnóstico, medicamentos (al 100% según la resolución), terapias de apoyo y los procedimientos necesarios, sin límites de edad ni cantidad de intentos establecidos en la normativa federal. No se encontraron condiciones particulares adicionales de la entidad en la información disponible.
Condiciones de Accord Salud
- ⚠️¿Requiere autorización previa?
Sí, deberás gestionar la autorización antes de acceder al servicio.
- ✅¿Depende del plan?
No, la cobertura es idéntica para todos los planes de la prepaga.
- ⚖️Programa Médico Obligatorio (PMO)
Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.
Condiciones Adicionales
- Cobertura legal: La Ley 26.862 obliga a obras sociales y prepagas a cubrir integralmente las técnicas de reproducción asistida, sin discriminar por orientación sexual, estado civil o edad.
- Medicamentos: Los medicamentos para estos tratamientos tienen cobertura al 100% según Resolución 1045/2018.
- Tratamientos en curso: En caso de cambios de plan, la normativa exige mantener la continuidad de los tratamientos ya iniciados.
- Edad máxima (óvulos propios): Hasta 44 años inclusive para realizar el tratamiento con óvulos propios, salvo indicación médica en contrario.
- Edad máxima (óvulos donados): Hasta 51 años inclusive para realizar el tratamiento con óvulos de donante.
- Cantidad de tratamientos de alta complejidad (FIV): Hasta 3 tratamientos de alta complejidad (incluye FIV/ICSI), con pausas de al menos 3 meses entre cada uno.
- Cantidad de tratamientos de baja complejidad: Hasta 4 tratamientos de baja complejidad (inseminaciones) por año calendario.
- Consentimiento informado: Se requiere la firma de un consentimiento informado previo al inicio del tratamiento. Puede revocarse antes de la inseminación (baja complejidad) o antes de la implantación del embrión (alta complejidad).
Preguntas Frecuentes
Sí, por estar incluida en el PMO (Ley 26.862). Todos los planes de Accord Salud deben cubrirla.
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Fuente verificada: PMO - Ley 26.862 / Resolución 1045/2018 / Argentina.gob.ar · Actualizado el 2026-06-30